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Lecciones del proceso judicial por la Operación Nova
Análisis nº 267   |  6 de Marzo de 2008
 
Como es bien sabido, para que una amenaza pueda ser considerada tal ésta debe de combinar, siempre, intenciones con capacidades. Así, mientras actores de todo tipo y orientación en la comunidad internacional han tenido claro en los últimos años que la amenaza nuclear norcoreana era real porque no sólo en términos de intenciones sino también de capacidades - posesión de vectores de lanzamiento y de toda la tecnología que requiere el átomo militar, pruebas nucleares realizadas, etc. - ésta se había demostrado fehacientemente, el caso de la República Islámica de Irán crea dudas en diversos círculos. Teherán ha tenido y tiene las intenciones de dotarse del arma nuclear, y no sólo para destruir Israel sino para consolidarse como potencia en un contexto regional difícil, pero el problema surge al tratar de identificar sus capacidades. No siendo el objeto de análisis aquí el caso de Irán sí es conveniente recordar en nuestro hilo argumentativo que muchos, y no sólo los EEUU o Israel, vienen mostrando cíclicamente su inquietud ante la calidad de la tecnología nuclear iraní (I+D), ante el alcance de sus misiles, ante el juego del “gato y el ratón” a que somete a la Organización Internacional de la Energía Atómica (OIEA) y ante la ceremonia de confusión que provocan sus dirigentes, con declaraciones tranquilizadoras un día y amenazantes otro. Al final, muchos analistas se concentran en el factor tiempo para cerrar sus evaluaciones y si para unos el calendario del átomo militar iraní puede ser cuestión de más años para otros lo es de menos, cambiando como es lógico y substancialmente las conclusiones del análisis el que sea una u otra la opción elegida.
 
Esta reflexión inicial sobre la existencia o no de una amenaza en términos clásicos puede parecer que no viene a cuento para analizar un fenómeno como es el de la amenaza - sí, han leído bien - que representa el terrorismo yihadista salafista para todos nosotros. Ahora que la sentencia por la Operación Nova vuelve a provocar en algunos el deseo de desdramatizar tal amenaza, es bueno analizar esta en términos clásicos - es decir, de la convergencia de intenciones y de capacidades - añadiéndole al análisis el factor tiempo como elemento clave que, con frecuencia, lleva a las fuerzas de seguridad y a las agencias de inteligencia a provocar la intervención presentando ante los tribunales realidades que, con frecuencia, parecen ser al final menos inquietantes o peligrosas de lo que parecían en un principio.[1]
 
Lecciones obtenidas del juicio por la Operación Nova en relación con juicios y situaciones anteriores
 
Es un ejercicio saludable el ponerse a pensar, por ejemplo, en lo que hubiera sucedido si los involucrados que conocemos a día de hoy en el 11-M hubieran sido detenidos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tan sólo unos días antes de haber obtenido los explosivos y de haber montado las bombas. Algunos de ellos habrían recibido sentencias por pertenencia a grupo terrorista, otros por tráficos de drogas y por otras actividades ligadas a la delincuencia común y otros habrían salido en libertad, con o sin cargos, y el asunto no habría pasado de ahí, incluso si se hubiera presentado ante los tribunales por parte de la Fiscalía algún plan más o menos elaborado de realizar atentados. Una vez obtenidos los explosivos la cosa cambió drásticamente, y cabe recordar que entre la obtención de los mismos y la realización de los atentados pasaron poquísimos días y que ojalá se hubiera producido una de esas “redadas masivas” que en ocasiones, y sin que los ciudadanos lleguen nunca a saberlo, evitan atrocidades como aquella.
 
En lo que a la Operación Nova respecta muchos han subrayado en estos días, apoyándose para ello en las pretendidamente livianas condenas recibidas por los acusados en la sentencia hecha pública el 27 de febrero, que ni se intervinieron los 500 kilogramos de explosivos para volar la Audiencia Nacional, ni tampoco el camión para transportarlos como “vector de lanzamiento” y que, además, todo se organizó desde el interior de prisiones dando a la imagen común de la amenaza una apariencia aún más fantasiosa.[2] No hay que olvidar - sin irnos tan lejos como a la Operación contra el mal llamado “Comando Dixán” por algún político irresponsable en una acción policial, en enero de 2003, envenenada mediáticamente por la crisis y posterior conflicto de Irak - que las recientes detenciones producidas en Barcelona de varios paquistaníes, el 20 de enero de 2008, que tenían la intención de atentar contra el metro de la Ciudad Condal, también han permitido a tertulianos varios tratar de provocar la hilaridad con sus comentarios en torno a la amenaza inexistente. Escasa sustancia explosiva intervenida,[3] dudas en torno incluso a su carácter de tal, presencia de un infiltrado, intercambios de información entre servicios de inteligencia, detenciones por error en el Aeropuerto de Gatwick de un nutrido grupo de paquistaníes procedentes de Barcelona y otras realidades permiten a algunos bromear sobre lo que parecen más imaginaciones que pruebas sólidas de la existencia de un grupo terrorista dispuesto a actuar. El tono bromista deja de serlo cuando a algún tertuliano se le ocurre poner el dedo en la llaga del tan manido tema de la “demonización del colectivo musulmán”, pero sigue con ello haciendo un gran daño a la credibilidad de la lucha contra el terrorismo yihadista salafista ante la ciudadanía. Ahí ya sí que queda claro para muchos oyentes que es preferible no llevar adelante operaciones antiterroristas como las citadas y otras similares antes que provocar esa “humillación colectiva” a que tales detenciones darían lugar.[4] En suma, y como conclusión de todo lo dicho, para algunos los expertos en terrorismo yihadista de las fuerzas policiales o incluso algunos jueces especialmente significados deberían dedicarse a otras cosas en lugar de a crear alarma social, a criminalizar a los musulmanes y a quedar luego ridiculizados ante los tribunales.[5]
 
Pero tomándonos en serio el asunto, y esa es nuestra obligación, cabe destacar que condenar a 20 de los 30 inicialmente procesados por la Operación Nova - con penas que oscilan entre los 5 y los 14 años de prisión - no supone ningún ridículo ni para las fuerzas policiales que realizaron las detenciones y recolectaron las pruebas ni para los instructores del caso y ello a pesar de que algunas de esas condenas se puedan ver como livianas.[6] Se ha conseguido en suma lo máximo que nuestro sistema penal permite. Además, quizás lo peor esté aún por llegar dado que no siendo firme la sentencia porque está será recurrida por los abogados defensores veremos lo que queda al final tras pasar por el tamiz del Tribunal Supremo.[7] Pero aún así, e independientemente de lo que ha ocurrido anteriormente en sonados casos como los del grupo de Abu Dahdah, del 11-M, del “Comando Dixán” u otros  más recientes como el de la célula yihadista desmantelada en octubre de 2007 en Burgos, lo que sí está claro es que la vertebración terrorista está ahí y que cuando a esta se le da el tiempo suficiente se transforma en instrumento letal actuando bien en nuestro suelo o bien fuera de él.[8]
 
Idéntico resultado, por lo pobre, podría parecer el obtenido de la primera acción de la Ertzaintza contra el terrorismo yihadista salafista al detener a tres súbditos argelinos en Vitoria el pasado 14 de febrero.[9] El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Marlaska, liberaba a dos de ellos sin cargos y a uno con cargos al día siguiente.[10] Pero lo importante es que, aunque sólo se les había intervenido propaganda audiovisual terrorista y no armas o planes elaborados de atentar, bueno ha sido parar los pies a quienes manejan tal material y aquí cabría recordar dos cosas de cara al posible y deseable endurecimiento de nuestra legislación respecto a la posesión del mismo: por un lado, que está demostrado por doquier que dicho tipo de propaganda es la que con más frecuencia y eficacia se utiliza para realizar proselitismo terrorista; y, en segundo lugar, que no se puede permitir que los detenidos argumenten, riéndose del sistema garantista nuestro, que lo tenían “como curiosidad” cuando tal argumento es inadmisible en casos, por ejemplo, de pederastia. Tan criminal debería ser considerado quien se baja de Internet imágenes de discursos incendiarios de líderes yihadistas salafistas, de emboscadas terroristas en Argelia o en Irak o de detallados degollamientos y estremecedoras decapitaciones, y además hace copias para su distribución, como los pederastas cibernéticos: ambos utilizan y propagan pornografía, la una terrorista y la otra infantil siendo deleznables ambas.[11]
 
Lamentablemente algo tan sencillo de entender como esta última aseveración no resiste los complicados vericuetos garantistas de los sistemas legales occidentales, incluso algunos que como el británico parecían haber pasado recientemente de tal garantismo exagerado a un necesario endurecimiento debido a la experiencia del 7-J en Londres y de las diversas redes desmanteladas con posterioridad en su suelo. Así, los cinco estudiantes musulmanes condenados a penas de prisión en primera instancia en 2007 por descargar de Internet y compartir material de Al Qaida y otros grupos yihadistas salafistas eran absueltos en segunda instancia el pasado 13 de febrero: el Tribunal de Apelación entendió que no estaba probada la conexión entre el manejo de documentos de inspiración radical y la voluntad de atentar.[12] Menos mal que, en lo que a la pornografía infantil respecta, los jueces sí interpretan que consumirla supone, aparte de miseria humana, complicidad con quienes la están ejecutando equiparándose así ambas partes en cuanto a la comisión de un delito.
 
Como quiera que el Derecho sirve a la sociedad y se debe de actualizar ante las necesidades de dicha sociedad bueno sería que como ciudadanos comprometidos seamos capaces, a través de nuestra presión a nuestros representantes  en el Legislativo, de dotar a nuestros jueces de las herramientas necesarias para hacer frente a la amenaza de la que estamos obligados a hablar con cada vez mayor frecuencia. En términos pedagógicos y para concluir es interesante observar el rápido proceso de adoctrinamiento en el yihadismo salafista vivido por uno de los paquistaníes detenidos el 20 de enero en Barcelona: Hafiz Ahmed.[13] Aunque aparezca como el experto en explosivos del grupo detenido en la Ciudad Condal por la Guardia Civil queremos destacar aquí en especial el adoctrinamiento por él sufrido en nuestro suelo, aprovechándose de las libertades de las que todos gozamos pero, y sobre todo, aprovechándose también de la indiferencia y del laxismo social ante un fenómeno letal como es la expansión de la ideología yihadista salafista.

 
 
Carlos Echeverría Jesús (Madrid, 26 de marzo de 1963) es Profesor de Relaciones Internacionales de la UNED y responsable de la Sección Observatorio del Islam de la revista mensual War Heat Internacional. Ha trabajado en diversas organizaciones internacionales (UEO, UE y OTAN) y entre 2003 y 2004 fue Coordinador en España del Proyecto "Undestanding Terrorism" financiado por el Departamento de Defensa de los EEUU a través del Institute for Defense Analysis (IDA). Como Analista del Grupo asume la dirección del área de Terrorismo Yihadista Salafista.
 
 
Notas


[1]Tal impresión podría obtenerse también por el hecho de que, de las aproximadamente 300 personas detenidas en España desde el 11-M acusadas de estar vinculadas al terrorismo yihadista salafista, tan sólo permanecen en prisión 142. Véase LÁZARO, Fernando: “Terrorismo islamista. La gran preocupación policial tras el 11-M” El Mundo 19 febrero 2008, p. 16.
[2]“Operación Nova. La Sala reduce en 282 años la pena solicitada por el fiscal porque no hubo conspiración para volar la A.N.” Europa Press 27 febrero 2008, en <www.europapress.es/noticiaprint.aspx?ch=00066&cod=20080227182542>.
[3]LÁZARO, F.: “La célula que iba a cometer atentados suicidas pero que no tenía explosivos” El Mundo 19 febrero 2008, p. 16 y “La sustancia hallada a los islamistas de Barcelona no es explosiva por sí sola” El Mundo 23 enero 2008, p. 16.
[4]A tal idea contribuyen además las reacciones automáticas de los líderes de algunos colectivos musulmanes que consideran tales redadas como atentatorias contra los musulmanes, en un análisis realizado en clave de “comunidad asediada” y que trata de afianzar su visión interesada del Islam y del resto del mundo circundante en términos de comunidades antagónicas, es decir, autosegregación en pleno siglo XXI y en sociedades abiertas y libres como son las occidentales. Véase la reacción ante las susodichas detenciones en Barcelona en enero en “Las asociaciones paquistaníes apoyan a sus compatriotas” El Mundo 25 enero 2008, p. 14.
[5]Especialmente hiriente es el vapuleo mediático al que algunos “intelectuales” erigidos en conciencia - selectiva - de la sociedad tienen sometido al Juez Baltasar Garzón por haber pedido este la extradición al Reino Unido de dos yihadistas recientemente liberados de Guatánamo. La defensa que de Jamil El Banna o de Omar Deghayes hacen una actriz como Vanessa Redgrave - que les pagó la fianza -, un cineasta como Ken Loach o una periodista y autora como Victoria Brittain se basa exclusivamente en considerar a todo aquel que ha estado internado en Guantánamo como inocente para combatir así a los EEUU y su política, su objetivo real tras su actitud de defensa de los derechos humanos. Así, no tiene desperdicio el artículo compartido de Ken LOACH y Victoria BRITTAIN: “Cuando España prolonga la pesadilla” publicado por El País 28 febrero 2008, p. 37.
[6]YOLDI, José: “Obsesionado con volar la Audiencia” El País 28 febrero 2008, p. 24 y SANZ, Segundo: “El atentado contra la Audiencia Nacional no pasó de un “plan individual” de Achraf” ABC 28 febrero 2008, p. 26.
[7]La presentación de recursos de casación ante el Tribunal Supremo se ha dado también en el caso de los condenados por el 11-M, habiéndose presentado hasta enero de 2008 tales recursos por los abogados de 25 condenados. Véase YOLDI, J.: “Un islamista del 11-M saldrá de la cárcel si no es juzgado en breve” El País 17 enero 2008, p. 29 y MARRACO, Manuel: “Zougam rebate ante el Supremo los reconocimientos” El Mundo 10 enero 2008, p. 15.
[8]Véanse PERAL, María: “La defensa del ‘comando Dixán’ dice que no se ha probado que fuera un grupo terrorista” El Mundo 5 octubre 2007, p. 18 y “El juez envía a prisión a dos de los seis islamistas detenidos en Burgos” Diario de Navarra 30 octubre 2007, p. 4.
[9]TORRES, O.: “Detenidos tres argelinos en Vitoria con propaganda que llamaba a la yihad” El Mundo 15 febrero 2008, p. 22.
[10]“Grande-Marlaska deja en libertad a los islamistas de Vitoria” ABC 16 febrero 2008, p. 3.
[11]Como curiosidad destacaremos que Abdelkader Ayachine, líder de la célula yihadista desmantelada por la Guardia Civil en Burgos el 24 de octubre de 2007 y dedicada a la captación de terroristas en Internet, descargaba también pornografía infantil junto con la propaganda yihadista reuniéndose en él ambas actividades. Véase “El líder islamista de Burgos se descargaba pornografía infantil” El Mundo 30 octubre 2007, p. 14.
[12]“Absueltos cinco condenados por ver ‘webs’ de Al Qaeda” El País 14 febrero 2008, p. 10.
[13]MARGINEDAS, Marc: “Los amigos de un terrorista del Raval reviven su fanatización” El Periódico de Catalunya 12 febrero 2008, p. 22.


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